Única póliza de cobertura inmediata y nacional
Contrata ahoraCon tu membresía te proteges a ti y a tu familia ante la pérdida de un ser querido, además de recibir asesoría legal antes, durante y después del deceso.
Protege a tu familia a partir de hoy con un servicio funerario que incluye servicio de velación y todos los preparativos en caso de cremación o inhumación.
Contrata hoyLa cobertura dura todo un año
El servicio se otorga desde que eres miembro
El servicio puede ser otorgado en todo el país con nuestra red de funerarias certificadas
Todos los afiliados están protegidos
Repatriación sin costo
Pago inicial y cuotas altas
El servicio se otorga hasta liquidar el servicio
El servicio solo puede ser otorgado en la funeraria donde adquieres el servicio
El servicio solo sirve para una persona
Repatriación con costo adicional
Actualmente son más de
Únete a los afiliados que confían en nosotros y ya cuentan con su membresía. Nuestro producto está respaldado por La Ofrenda, líder en Latinoamérica en pólizas funerarias y Valle de los Ángeles, una de las funerarias líderes del centro del país con más de 40 años de experiencia.
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Por tan solo $495.00 pesos quedas protegido durante todo 1 año con la cobertura exclusiva de la membresía Ángeles Asistencia.
Si quieres agregar a más personas a la membresía, solo tienes que pagar $495.00 por cada persona que inscribas.
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Es necesario contratar a una funeraria para que brinde el traslado. En Ángeles Asistencia, podemos ofrecer el servicio de velación en una funeraria aliada en el interior de la República o bien hacer el traslado a una sucursal de Ángeles Asistencia.
De acuerdo con la Ley General de Salud, se debe embalsamar cuando transcurren más de 48 horas de haber fallecido una persona, cuando se requiere traslado vía terrestre a más de 300 km de distancia, cuando se va a trasladar vía aérea sin importar el destino o en caso de que el cuerpo no se encuentre en las condiciones sanitarias requeridas.
Los ataúdes con derecho de uso tienen en su interior un contenedor biodegradable desechable, que es remplazado en cada servicio, por tanto, el ataúd se utilizará mientras el estado del mismo sea óptimo. Esta práctica es cada vez más común, ya que la tendencia para la cremación va en aumento.
Acta de defunción, identificaciones oficiales del titular responsable y del finado, permisos de traslado, tanto por parte del registro civil como de la Secretaría de Salud. En caso de que el traslado sea mayor a 300 km de distancia, o por vía aérea, se debe embalsamar a la persona que falleció y presentar una tesis de embalsamamiento.
Sí, siempre y cuando el Ministerio Público lo autorice.
Es un ataúd con derecho de uso, siempre en excelentes condiciones.
El titular de la fosa en el panteón será el encargado de hacer dichos trámites.